jueves, 30 de abril de 2026
Judicial

Poder Judicial dictó impedimento de salida del país por 18 meses contra Piero Corvetto y otros investigados

3 min de lectura
Compartir:
Poder Judicial dictó impedimento de salida del país por 18 meses contra Piero Corvetto y otros investigados

Chimbote en Línea.- El Poder Judicial (PJ) dictó impedimento de salida del país por 18 meses contra el exjefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Piero Corvetto, y otros seis investigados por un posible direccionamiento en el contrato para la distribución de material electoral en las elecciones del 12 de abril.

La Fiscalía sustentó el requerimiento con el fin de asegurar la permanencia de Corvetto Salinas, investigado por los presuntos delitos de colusión agravada y omisión de actos funcionales.

En el requerimiento presentado ante el Poder Judicial, el Ministerio Público alegó que existe riesgo de fuga, tras el hallazgo de documentos de viaje durante el allanamiento a la vivienda de Corvetto, en Miraflores, realizado el pasado viernes 24.

La Fiscalía detalló que, pese a que el investigado entregó sus pasaportes de Perú e Italia, existiría otro documento vigente que le podría permitir salir del territorio nacional.

La orden judicial también alcanza a José Samamé Blas, exgerente de Gestión Electoral de la ONPE; Juan Phang, suspendido subgerente de Producción Electoral de la ONPE; Juan Alvarado, representante de la empresa Servicios Generales Galaga; así como a Hilda Otoya, William García y Lilia Flores.

La investigación

De acuerdo con el documento fiscal, los hechos investigados se relacionan con el presunto delito de colusión agravada entre funcionarios de la ONPE y un proveedor durante el proceso de contratación del servicio de transporte de carga a nivel nacional para el despliegue y repliegue de material electoral.

El requerimiento fiscal también cuestiona la forma en que se evaluó la capacidad de los vehículos propuestos por las empresas participantes para la distribución del material electoral.

Según los términos de referencia (TDR), las unidades debían contar con una capacidad mínima de 10 metros cúbicos, calculada a partir de las dimensiones consignadas en la tarjeta de propiedad del vehículo.

Sin embargo, durante la evaluación técnica, el comité evaluador habría aplicado un criterio adicional que no estaba previsto con claridad en las bases del proceso: descontar dos metros correspondientes a la cabina del vehículo para calcular la carga útil.

Según la Fiscalía, este ajuste podía alterar el número de unidades consideradas válidas y, por lo tanto, el puntaje obtenido por cada empresa.

Esta diferencia, de acuerdo con el expediente, se refleja en los resultados de la evaluación: Hermes Transportes Blindados S.A. obtuvo 20 puntos al validarse 42 unidades vehiculares, mientras que Servicios Generales Galaga alcanzó el máximo de 50 puntos, lo que le permitió liderar la evaluación técnica con 97.78 puntos frente a los 77.54 de Hermes.

No obstante, el análisis económico muestra un escenario distinto: Hermes tenía una mejor oferta económica, con 95.14 puntos frente a los 92.62 de Galaga.

El documento advierte que, de haberse aplicado un criterio de validación distinto que le permitiera alcanzar el tramo máximo de puntaje técnico, Hermes habría obtenido 100 puntos en la evaluación técnica y un total de 98.54 puntos, superando así la propuesta de Galaga.

El contrato cuestionado fue suscrito el 19 de marzo de 2026 entre la ONPE y la empresa Servicios Generales Galaga S.A.C. para el transporte de material electoral en todo el país. El monto del servicio ascendió a S/ 6 368 332,70, según el expediente fiscal. (Fuente: RPP Noticias) (Foto ONPE)

Compartir: